PALOMA MARIN:el Síndrome de Alienación es una respuesta de determinados sectores contrarios al avance de los derechos de la mujer.
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PALOMA MARIN:el Síndrome de Alienación es una respuesta de determinados sectores contrarios al avance de los derechos de la mujer.
El Síndrome de Alienación Parental (SAP), que hoy carece de base científica, está tomando carta de naturaleza en los tribunales españoles, adoptando decisiones como la guarda y custodia de un menor sin contar con "hechos ciertos y contrastados", algo "impensable" en otros ámbitos de aplicación del Derecho
Así lo ha dicho hoy la magistrada Paloma Marín, jefa de sección del Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género (Consejo General del Poder Judicial), quien ha examinado más de doscientas resoluciones judiciales que hacen referencia a este síndrome, todas ellas dictadas por Audiencias Provinciales desde el año 2002.
El fenómeno está presente tanto en la jurisdicción civil (77 por ciento) como en la penal (23 por ciento) de las resoluciones analizadas.
Durante su intervención en el III Congreso de dicho Observatorio, abierto ayer por los ministros de Justicia, Francisco Caamaño, y de Igualdad, Bibiana Aído, Marín ha explicado que el SAP es lugar común en las alegaciones presentadas por las partes, en posicionamientos de los tribunales y en los informes judiciales, sobre todo en las separaciones en las que hay intereses económicos y menores de por medio.
Del análisis de dichas resoluciones se desprende que muchas de ellas no cuestionan la existencia del Síndrome de Alienación Parental y "se adoptan decisiones con fundamento no en hechos ciertos y contrastados, sino en hipótesis, lo que resulta impensable que pudiera suceder en otros ámbitos de aplicación del Derecho".
Ello no sucede en la ejecución de un robo o el incumplimiento de un contrato, "la hipótesis de realización de un hecho delictivo o de incumplimiento de un contrato nunca podría fundamentar una resolución judicial", ha recalcado Marín.
En ocasiones, ocurre que el tribunal, basándose en la presunción de manipulación sobre el hijo, llegue a cambiar el régimen de visitas al menor de la madre o la adviertan seriamente de que puede perder la guarda y custodia de su hijo, "todo ello sin modificar los aspectos procesales".
La mayoría de las decisiones judiciales que mencionan el Síndrome asumen su supuesta existencia, aunque hay una minoría que se posicionan abiertamente en contra del mismo.
Entre las Audiencias Provinciales que han caído en brazos del SAP, ha dicho Marín, figuran las de Madrid, Valencia, Barcelona, Murcia, Alicante, Zaragoza y Soria.
En opinión de la jefa de sección del Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género, el Síndrome de Alienación es una respuesta de determinados sectores contrarios al avance de los derechos de la mujer.
En la misma jornada, el psicólogo especializado en violencia machista del Instituto Andaluz de la Mujer, Juan Ignacio Paz Rodríguez, ha recalcado que hoy por hoy el SAP -enunciado por primera vez en EEUU en 1986- no tiene ninguna base científica y sólo responde a un planteamiento ideológico, que fundamentalmente es usado por los padres para solicitar un cambio de custodia.
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Así lo ha dicho hoy la magistrada Paloma Marín, jefa de sección del Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género (Consejo General del Poder Judicial), quien ha examinado más de doscientas resoluciones judiciales que hacen referencia a este síndrome, todas ellas dictadas por Audiencias Provinciales desde el año 2002.
El fenómeno está presente tanto en la jurisdicción civil (77 por ciento) como en la penal (23 por ciento) de las resoluciones analizadas.
Durante su intervención en el III Congreso de dicho Observatorio, abierto ayer por los ministros de Justicia, Francisco Caamaño, y de Igualdad, Bibiana Aído, Marín ha explicado que el SAP es lugar común en las alegaciones presentadas por las partes, en posicionamientos de los tribunales y en los informes judiciales, sobre todo en las separaciones en las que hay intereses económicos y menores de por medio.
Del análisis de dichas resoluciones se desprende que muchas de ellas no cuestionan la existencia del Síndrome de Alienación Parental y "se adoptan decisiones con fundamento no en hechos ciertos y contrastados, sino en hipótesis, lo que resulta impensable que pudiera suceder en otros ámbitos de aplicación del Derecho".
Ello no sucede en la ejecución de un robo o el incumplimiento de un contrato, "la hipótesis de realización de un hecho delictivo o de incumplimiento de un contrato nunca podría fundamentar una resolución judicial", ha recalcado Marín.
En ocasiones, ocurre que el tribunal, basándose en la presunción de manipulación sobre el hijo, llegue a cambiar el régimen de visitas al menor de la madre o la adviertan seriamente de que puede perder la guarda y custodia de su hijo, "todo ello sin modificar los aspectos procesales".
La mayoría de las decisiones judiciales que mencionan el Síndrome asumen su supuesta existencia, aunque hay una minoría que se posicionan abiertamente en contra del mismo.
Entre las Audiencias Provinciales que han caído en brazos del SAP, ha dicho Marín, figuran las de Madrid, Valencia, Barcelona, Murcia, Alicante, Zaragoza y Soria.
En opinión de la jefa de sección del Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género, el Síndrome de Alienación es una respuesta de determinados sectores contrarios al avance de los derechos de la mujer.
En la misma jornada, el psicólogo especializado en violencia machista del Instituto Andaluz de la Mujer, Juan Ignacio Paz Rodríguez, ha recalcado que hoy por hoy el SAP -enunciado por primera vez en EEUU en 1986- no tiene ninguna base científica y sólo responde a un planteamiento ideológico, que fundamentalmente es usado por los padres para solicitar un cambio de custodia.
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