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Mensaje  maría-luz Jue 19 Nov 2009 - 21:55

Jueves, 19/11/2009
La SER Noticias

La Audiencia de Cantabria absuelve a un joven acusado de perseguir a su ex novia para que volvieran
La sentencia rechaza identificarlo como violencia de género porque se trataba de una relación entre adolescentes.- Impone al joven una multa de 60 euros y seis meses de alejamiento
EP 19-11-2009

La Audiencia de Cantabria ha absuelto a un joven acusado de amenazar y perseguir a su ex novia para que volviera con él al considerar que no puede hablarse de violencia de género cuando la relación sentimental se desarrolla entre adolescentes, un aspecto que no puede equipararse a la relación de pareja que exige el Código Penal para castigarlo como delito. Por ello, la Audiencia ha impuesto una multa de 60 euros y seis meses de alejamiento por una falta de amenazas y coacciones de carácter leve.

Vota Resultado 1 votos compartir meneame reporter MSN wikio facebook fresqui iGoogle netvibes my Yahoo my Live twitter my Space technorati del.icio.us enchílame digg stumble upon reddit 8 comentar La sentencia considera probado que el acusado, JM.G.L., y la chica mantuvieron una relación de "noviazgo sin convivencia", que ella decidió dejar. Él se negó a aceptarlo y comenzó un "seguimiento" para que ésta retomara su relación de amistad con él y dejase a sus otros amigos.

Para lograr su propósito intentó "presionar" a la joven de diversas formas, entre otras llamándola a diario por teléfono "insistentemente", presentándose en el centro donde ella cursaba estudios, y dando "gritos y golpes" en la puerta. También llamaba a amigos y conocidos de la joven "en tono intimidatorio", y llegó un día a personarse en el domicilio de ésta, por donde sabía que paseaba a su perro. Allí la abordó y, a gritos, le preguntó "con quien había estado", diciéndole que "se iba a enterar".

Además, le arrebató el teléfono móvil para ver sus llamadas y, al no ceder ella a sus requerimientos, se tiró al suelo subido a su ciclomotor, aparentando "desesperación" y arrastrándose.

En su recurso, la menor reclamaba también que la relación entre ambos se considerara análoga a la matrimonial o continua de hecho, en aplicación de las medidas de protección contra la violencia de género, lo que la Audiencia rechaza, señalando que lo que había entre ellos era "la típica relación de enamoramiento propia de adolescentes".

Comentarios - 8
12últimasiguientePágina 1 de 2

Un español 19-11-2009 20:41:58h

Sentencias como ésta son las que provocan cada vez mayor rechazo hacia las instituciones judiciales.Me recuerda a la tristemente famosa sentencia de la minifalda. Espero que el Supremo revoque lo fallado por la Audiencia de Cantabria. Por cierto, esta Audiencia, ¿aún no se ha enterado de la agresividad que se calzan los adolescentes españoles en las relaciones entre ellos y que no tienen nada que ver con las que mantenían a su edad generaciones anteriores? Señores jueces, cuando se habla de tolerancia cero contra el terrorismo doméstico hay que combatirlo desde la adolescencia pues más adelante, para muchas mujeres, ya es demasiado tarde

4
carola 19-11-2009 20:25:25h

Claro, y si la mata, habrá sido sin querer...Pero qué tonterías...Aun viendo ciertos resquicios y algunas cosas que no me gustan en la ley de violencia de género, incluso que pueden ir directamente en contra de las víctimas, es evidente que algunos jueces entienden las leyes como les da la gana...Estamos hartos de ver de lo que son capaces de hacer algunos adolescentes con sus novias o amigas...Pronto veremos cómo más de un bestia de éstos aprovecha a su favor estas sentencias para maltratar e irse de rositas...
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maría-luz

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